Procedimiento Registro de Cerdos

PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO Y CERTIFICACION DE CERDO DE LA RAZA PELON MEXICANO

 

Los criadores de registro con prefijo o antenombre autorizado podrán realizar sus registro de piara en el libro genealógico de la raza CPM. Para esto es necesario estar activos en el sistema de registro WEB, si el criador de registro se encuentra de baja, inactivo o excluido; no podrá accesar a la plataforma de registro de cerdos criollos o al sistema que conforma el libro genealógico del Cerdo Pelón Mexicano, con su usuario y contraseña.

El registro de piará consiste en registrar información especifica de cada parto, necesaria para que el criador de registro pueda certificar descendencia de sus cerdos que cumplen con el patron racial.

Cuando un cerdo con certificado de registro es vendido a otro propietario o criador, el que vende debe realizar la transferencia de propiedad en el sistema de registros, esto es indispensable para que el nuevo propietario pueda registrar y certificar descendencia de el cerdo que esta adquiriendo; Tambien los propietarios de cerdos deben registrar la baja o muerte ocurrida del animal, por las causas especificadas en el sistema web, para mantener actualizado el inventario o población de progenitores que conforman la raza. El no realizar esta actividad es altamente penado para los criadores de registro y propietarios de ejemplares con Certificado de Registro.

Cada registro de piara inicia en el momento en que la hembra entra en contacto con el semental y esta se encuentra vacia o en celo, es el momento de especificar en el registro abierto el nombre del semental y fecha en que la hembra se destino para monta, en el registro abierto aparecera como fecha de monta.

Los criadores que requieran certificar descendencia de progenitores con certificado de registro genealógico y productivo,  no podrán realizarlo, si estos no cuentan con registro de piara. Esto sucede cuando la hembra parió y no se encuentra la información requerida en el libro genealógico, el sistema no generará el certificado por falta de información que el criador en su momento debió registrar.

El registro de piara abierto por hembra por parto, podrá cerrarse hasta los 60 días posteriores a la fecha de parto y mínimo hasta los 45 días de la fecha de parto, de tal forma que el registro de piara tenga la información requerida de productividad de los cerdos descendientes candidatos a certificación, para ser usados como progenitores de pureza de raza.

Cuando el criador cierra el registro de piara, se activará la opción para que pueda solicitar certificación de cerdos que cumplan con el patrón racial. Si el registro de piara no fue cerrado por el criador, el sistema no permitirá certificar sus cerdos.

Cuando el criador solicite certificación de cerdos, estas solicitudes serán revisadas, autorizadas y asignadas por la persona delegada para esta acción por el Presidente del Comité Técmico Autorizado por el Gobierno Federal, Atravez de la Secretaría de Agricultura de México.

El Técnico asignado contactará al criador para realizar la inspección y evaluación de sus cerdos, identificarlos de acuerdo a reglamento técnico autorizado vigente y registrar la información pertinente en el libro genealógico. Cuando la información este registrada completa y verificada; se podrá autorizar la emisión del certificado correspondiente, el cual el criador podrá descargalo del sistema.

 

El registro y certificación de cerdos con grado de pureza ICT o de ORIGEN tendrá que ser realizado con acompañamiento técnico, siempe y cuando estos libros de registro no se encuentren en estatus cerrado. ATTE. Consejo de Administración de Registro y Certificicación de AMECC.